Obtención de ciudadanía española por medio de La Ley de Memoria Democrática
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Puedes aplicar si:

Eres hijo o hija / nieto o nieta de un español nacido fuera de españa
en los casos que sus padres o abuelos fueran españoles de origen.

Los hijos o nietos de españoles que nacieron fuera de España
en los casos que sus padres o abuelos fueran españoles de origen, y hubieran perdido o renunciado a su nacionalidad a consecuencia de haber sufrido un exilio por razones ideológicas, de orientación sexual o credo

Los hijos e hijas que nacieron en el extranjero de mujeres españolas que se casaron antes de la entrada en vigor de la constitución de 1978
Tuvieron que renunciar a su nacionalidad española por dicho matrimonio

Los hijos e hijas de personas que obtuvieron la nacionalidad en virtud del derecho de opción de la Ley 52/2007 de 26 de diciembre
LEY DE MEMORIA HISTÓRICA